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Mostrando las entradas de octubre, 2022

Cuestionario 4.

1.- ¿Qué es un contrato internacional? Es un acuerdo de voluntades pactado entre dos o más partes que tienen su domicilio o residencia en Estados distintos. 2.- Características del contrato internacional. Redacción precisa  en cuanto a claridad, concisión, congruencia y concreción, eliminando y excluyendo los términos ambiguos, genéricos y equívocos en la asunción de las obligaciones. Adaptación a la cultura jurídica de la otra parte , especialmente cuando quien inicia la relación comercial busca clientes, distribuidores, o socios, desde una posición de menor poder de negociación. Búsqueda de la cooperación entre las partes , tratando de redactar el contrato más desde una perspectiva de acuerdo en cuanto a la forma de proceder y regular las relaciones comerciales, que como un instrumento de cobertura jurídica en los riesgos que puedan aparecer. Uso de contratos en versión bilingüe  (español-inglés, español-francés, español-alemán) cuando no exista un idioma común entre las p...

El contrato de comodato.

De acuerdo al artículo 2497 del Código  Civil Federal , el comodato es un contrato mediante el cual uno de los contratantes se obliga a ceder el uso de un bien, mientras que el otro contrae la obligación de restituirlo o regresarlo   al término del contrato. Esto quiere decir que es el contrato de comodato el medio a través del cual de manera legal una persona, conocida como comodante, presta el uso de su inmueble a otra, conocida como comodatario, sin requerir una compensación a cambio. Características del contrato de comodato son: El objeto del  comodato  debe ser un bien no fungible, es decir, que no se consuma durante su uso o sea perecedero, como el comodato de un inmueble. El  comodante , o propietario del inmueble, es quien establece las condiciones del contrato y el  comodatario , o quien recibe el préstamo, está obligado a respetarlas. El  comodatario  debe reconocer que el comodato d...

Caso fortuito o fuerza mayor aplicable a los contratos.

Los eventos de caso fortuito, fuerza mayor pueden ser considerados como la principal excluyente de responsabilidad en caso de incumplimientos contractuales. Desde un punto de vista legal, caso fortuito, fuerza mayor tienen las mismas implicaciones legales y derivan en las mismas consecuencias. Sin embargo, diversos doctrinarios mexicanos han distinguido estos conceptos en los siguientes términos: Caso fortuito implica un evento de la naturaleza que es impredecible. Fuerza mayor implica un evento causado por el hombre que es inevitable. A pesar de esta distinción teórica, ambos implican eventos impredecibles, o en caso de ser predecibles, inevitables, o sea que están fuera del control razonable de las partes. Un elemento fundamental de los eventos de caso fortuito - fuerza mayor es que imposibilitan el cumplimiento de las obligaciones contractuales y hacen dicho cumplimiento más oneroso para una de las partes. Código civil para el Estado de Tamaulipas establece la d...

Cláusula penal en los diversos contratos.

La cláusula penal es la  obligación accesoria  de una principal  que suele pactarse en los contrato s y por la cual el deudor  se compromete, ante el incumplimiento de la prestación  debida, a entregar una cantidad  de dinero, generalmente en sustitución  de la indemnización  por daños  y perjuicios, y cuand o se pacte expresamente junto a ésta. De acuerdo con la tesis por parte de os Tribunales Colegiados de Circuito, la clausula penal tiene como objeto compensar los daños y perjuicios que se sigan al acreedor por la falta de cumplimiento de la obligación. Mediante esta, los contratantes fijan de antemano el monto de esos daños y perjuicios, escapando así de la dificulta de su prueba. Contiene los siguientes caracteres: A) Es accesoria de una obligación principal, puesto que es acordada para asegurar su cumplimiento. Como consecuencias contiene: 1. La nulidad o extinción de la obligación principal causa la nulidad o extinción de la cláusul...

Decálogo del alumno universitario.

Asistir puntualmente a clases y participar activa y disciplinadamente en ellas. Prepararse con responsabilidad y esmero para adquirir los conocimientos y rendir las evaluaciones de los cursos. Mostrar a los docentes y al personal administrativo un comportamiento amable y respetuoso. Establecer con sus compañeros relaciones de colaboración y respeto mutuo. Hacer un uso adecuado y responsable de las instalaciones e infraestructura de la Escuela, la Facultad y la Universidad. Cumplir los reglamentos y normas de la Facultad y la Universidad. Participar en las actividades académicas y extra-académicas que se organizan en la Escuela y Facultad. Formar parte de grupos de estudio e investigación mostrando una actitud hacia el aprendizaje constante y actualización continua. Respetar la propiedad intelectual y el reconocimiento a los aportes y contribuciones de otros en todo trabajo e informe académico. Representar con corrección y entusiasmo a la Escuela Profesional en actividades dentro y fuer...

Decálogo del abogado.

  1º ESTUDIA.- El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado. 2º PIENSA.- El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando. 3º TRABAJA.- La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la justicia. 4º LUCHA.- Tu deber es luchar por el derechos; pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia. 5º SE LEAL.- Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea de leal contigo. Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tu le dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tú le invocas. 6º TOLERA.- Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya. 7º TEN PACIENCIA.- El tiempo se venga de las cosas que se hacen si su colaboración. 8º TEN FE.- Ten fe en el derecho como el mejor instru...

Decálogo del mediador.

  La mediación promueve la colaboración. Como procedimiento iniciado de mutuo acuerdo, la mediación se asienta en el deseo común de colaboración en la resolución de disputas. La mediación facilita la comunicación eficaz entre las partes. El deseo compartido de diálogo como pilar de la mediación fortalece la comunicación eficaz. La mediación es un proceso creativo. La búsqueda de soluciones consensuadas, esencia de la mediación, promueve la creatividad en la búsqueda de soluciones dialogadas. La mediación es confidencial y privada. Iniciada sobre la base de la autonomía de la voluntad y el deseo de resolver  controversias, la mediación proporciona un espacio confidencial y privado de diálogo. La mediación permite entender y transmitir intereses, motivaciones. Por su carácter confidencial y voluntario, la mediación ofrece una oportunidad única para alcanzar un mejor entendimiento sobre intereses y motivaciones. La mediación ayuda a construir acuerdos. La mediación perm...

Tipos de asociaciones civiles y su conformación jurídica.

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       Alianza Cívica, A.C. es una organización ciudadana plural y no partidista, independiente de gobiernos y partidos que se ha distinguido por ser una organización exitosa en la lucha por la democracia y la construcción de ciudadanía. Generar una visión colectiva, un plan de trabajo robusto, transparencia en el ejercicio administrativo, reconstrucción del tejido político con asociaciones afines, autoridades y medios de comunicación; retomar las alianzas con el movimiento social y con organizaciones de la sociedad civil organizada; pluralismo mediático y combate a la concentración; mejoramiento del régimen legal de la comunicación; posicionamiento de argumentos sólidos y robustos en la compulsiva agenda de la comunicación. Conformado por: Consejo Consultivo, Consejo Directivo, Consejo Consultivo Internacional.      Asociación Mexicana por el Derecho a la Información. Generar una visión colectiva, un plan de trabajo robusto, transparencia e...

Causas de rescisión de los contratos de compraventa, comodato, hospedaje y donación.

  Contrato de compraventa: Código civil federal. Artículo 2489. El arrendador puede exigir la rescisión del contrato:         I.           Por falta de pago de la renta en los términos previstos en la fracción I del artículo 2425;       II.             Por usarse la cosa en contravención a lo dispuesto en la fracción III del artículo 2425;    III.             Por el subarriendo de la cosa en contravención a lo dispuesto en el artículo 2480.    IV.             Por daños graves a la cosa arrendada imputables al arrendatario; y      V.             Por variar la forma de la cosa arrendada sin contar con el consenti...